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Convocan:


Fondo de Ayuda Toxicologico

Panel: Toxicomanía e instituciones


Martín Segovia

LA ADICCION: CONTEXTO ANATOMICO-
VIOLENTO Y RESPUESTA SANITARIA, EDUCATIVA
Y JUDICIAL.

Los Dispositivos Judiciales, Sanitarios y Educacionales, en tanto recursos institucionales capaces de ofrecer respuestas ante el malestar psicosocial que denuncia la Adicción, la Violencia y la Anomia, se hallan también frente al desafío de generarlas con eficacia..
Han de ofrecer un espacio de investigación e implementación de acciones tendiendo a producir propuestas de investigación-acción que permitan un quehacer que abreve en pensamiento y una construcción teórica que vuelva sobre una problemática sesgada por el sufrimiento subjetivo, la ruptura social y la pérdida de sentido en amplios sectores de la población argentina.
La adicción  por definición atenaza, violenta, la violencia viola o desconoce las normas, instala la anomia, y la anomia es propicia a esa adherencia desubjetivizada del acto adictivo.
El rango endemo-epidémico con que ese sufrimiento, esa ruptura y esa falta de sentido vital se instaló en amplios sectores de la sociedad argentina impone la necesidad de respuesta a través de una Prevención Primaria y Atención Primaria de la Salud, de una Prevención Secundaria y de una Prevención Terciaria.
Los Dispositivos Jurídico, Sanitario y Educacional ofrecen, al menos en términos potenciales, un entretejido estratégico de cuyas propuestas programáticas es posible que surjan intervenciones adecuadas a la grave problemática que se presenta,.
Adicción, Violencia y Anomia son tres formas de designar tres menoscabos subjetivos e intersubjetivos inscriptos en áreas nodales afectadas por la desintegración y denigración de la condición humana,  en especial en grupos marginales y excluidos, lo que los torna particularmente expuestos a condiciones de alto riesgo clínco y social.
La Institución Judicial debe dar respuestas a la anomia de los despojados de un encuadre normativo y de un nombre, debe crear una alternativa distinta a incorporar a los numéricamente crecientes grupos de inhabilitados, dementes en sentido jurídico y criminales o delincuentes, a las ingentes filas de quienes ha perdido su condición ciudadana .
La Institución Educacional tiene una grave responsabilidad ante la construcción y el mantenimiento de la cohesión de los vínculos sociales frente al riesgo de ser violentados por un malestar o conflicto inadecuadamente tramitado, su rol es social por naturaleza y allí debe promover y proteger la integridad de los lazos interpersonales comenzando por los grupos primarios y familiares y alcanzando a los grupos secundarios e institucionales.
La Institución Sanitaria es la encargada de ofrecer prestaciones ante el sufrimiento humano que subyace bajo el ropaje adictivo, el del atenazamiento subjetivo de la libertad que, una vez sofocada, constriñe las posibilidades y las potencialidades de un sujeto, frustra  alternativas que una vez obstruidas devienen en tensión anímica y en actos compulsivos e impulsivos..
A la ruptura social, a la violencia social física, psíquica o sexual, le corresponde una respuesta preventivo primaria de carácter educativo, el sistema educacional tiene una función de saneamiento vincular que si bien no es la tradicional de la currícula escolar formas sí lo es en términos de una educación no formal que resulta cada vez más indelegable.
El sufrimiento generado por la adicción a las drogas o al alcohol necesita de un sistema de salud que diagnostique y trate con la precocidad de la prevención secundaria el daño psicobiológico que genera y revierte sobre el adicto y su comunidad.
La anomia, la pérdida de sentido, la ausencia de pautas normativas, de ley, también instala la falta de un nombre, de quién se implique en el acto de la “firma” y la “palabra”.
Allí la justicia ha de rehabilitar o reeducar por medio de una prevención terciaria que restituya tanto al sujeto como a la sociedad respecto al sentido, a la ley y al nombre.
Será necesaria una consideración integral de la diversidad de aspectos y dimensiones del problema, también se impone anclar en criterios de rigurosidad científica, en la apreciación de datos relevantes a los fines diagnósticos y terapéuticos, todo ello tendiendo a la construcción de una interdisciplina acorde con la complejidad del objeto de estudio y, en tales términos, también coherente en sus contenidos, metodología de abordaje  y objetivos.
La Salud designa a la condición biopsicosocial , la Educación hace referencia a la trama comunitaria, geográfica, económica y cultural, la Justicia es el vértice en el que converge lo social de la Educación y lo subjetivo de la Salud, es el área axiológica o valorativa en la que se trama una metafísica del sentido y del proyecto de vida.
Adicción, Violencia y Anomia son tres indicadores representativos del conjunto de una  patología social que implica ambas aristas educativo-sanitaria con su vértice judicial, la natura y su nurtura, en el contexto de un sentido que ha de plasmarse en una legalidad que emane de la ley intensa de un sujeto y de un pueblo, de su personalidad y de su cultura.
Adicción delimita el acto clínico-social de la dependencia, compulsión o impulsión, el acto de adherencia adictiva al objeto que suplanta a la palabra subyaciendo, habitualmente, a la violencia y a la anomia. Violencia alude al “acto” clínico-social físico, psíquico o sexual por el que un ser humano somete a otro instalando una díada adictiva y anómica como expresión desubjetivizada de la angustia o el malestar. Anomia es indicativa del reverso del acto subjetivante y cuidadoso de la ley, del vacío que genera la ausencia o la falta de normas y, también, de nombre, es la exclusión del sistema, quedar a merced de lo que cae de la mesa de los nombrados en la distribución de la riqueza, del poder ciudadano y del saber o acceso al conocimiento.
Uno y otro se traducen en lo que podría delimitarse en el concepto de la “patología del acto”, los tres conducentes a un círculo reverberante en la exclusión social y en la marginalidad de grupos crecientes de la población argentina.
Todo ello es solidario con un relación social en la que imperan las leyes del mercado las  que la ley de la oferta y la demanda se ha trasladado a la exhaltación del  individuo como sujeto y objeto del consumo, lo que se rubrica en el artículo 42 de la Constitución Nacional al designar al otrora ciudadano en términos de “consumidor”.Los bienes materiales, la aptitud civil y el acceso al conocimiento se han visto atravesados por la puja mercantilista que relega a sectores progresivamente numerosos de la sociedad a  la exclusión de la participación en bienes económicos y culturales indispensables en un sujeto de derecho. Sobre los despojos de un Estado que cedió su rol principal para asumir el subsidiario que le compete en una economía de mercado la Salud, la Educación y la Justicia también cedieron a que el sector privado preste su oferta de salud, de educación y de una  “ética” de las relaciones cuyo sesgo impregna la actual administración de justicia.